http://www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/beca-prepalinea18-1#convocatoria
La Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), a través de la Coordinación de
Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior (CBSEMS), convoca a los/las
estudiantes inscritos/as en la modalidad no escolarizada, opción virtual mediante el
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” a solicitar una beca.
1. MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA.
La beca consiste en un apoyo monetario por cada 12 créditos
(1 módulo acreditado) cuyo monto corresponderá de acuerdo
al avance en créditos contado a partir del 01 de marzo de
2018, conforme a la siguiente tabla:
Los pagos se realizarán conforme al avance informado por
“Prepa en Línea-SEP” en los periodos de validación
establecidos por la CBSEMS.
La vigencia de la presente convocatoria será a partir de su
publicación y hasta el 31 de agosto del 2018 y se pagarán
hasta 72 créditos durante este periodo. Los pagos se realizarán
de manera bimestral.
Sólo se pagarán los créditos realizados en periodo ordinario
y/o de regularización.
2. REQUISITOS GENERALES.
a) Estar inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en
Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) No haber concluido los estudios de Educación Media
Superior (EMS) ni estar cursando el Bachillerato en el
sistema escolarizado y no escolarizado ajeno a “Prepa en
Línea-SEP”.
c) No contar con algún bene cio equivalente de tipo
económico o en especie otorgado para el mismo n por
otro organismo público del Gobierno Federal al momento
de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba el
bene cio.
d) Tener CURP y cuenta de correo electrónico vigente.
e) Llenar el formato de solicitud de beca, completa, correcta y
verazmente a través de la Encuesta Socioeconómica de
Estudiantes de Educación Media Superior (ENCSEEMS),
disponible en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
3. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
a) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
b) Contar con certi cado de secundaria.
4. SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS.
4.1 Registro.- Los/las aspirantes deberán registrar
su solicitud de beca a través del llenado de la ENCSEEMS, en
el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, durante el
periodo del 01 al 31 de marzo del 2018.
4.2 Preselección.- La CBSEMS veri cará el cumplimiento de
los requisitos a través de la información registrada en la
ENCSEEMS, obteniendo una lista de prelación de los/as
aspirantes de acuerdo a los criterios establecidos en las
vigentes Reglas de Operación del Programa Nacional de
Becas.
4.3 Confronta de padrones.- La base de datos de los/las
alumnos/as aspirantes se confrontará con el padrón de
bene ciarios/as de PROSPERA, con los padrones de
bene ciarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que
tenga acceso, con la nalidad de evitar la duplicidad de los
apoyos de quien cuenta con una beca para el mismo n.
Los/las alumnos/as identi cados/as como bene ciarios/as
de cualquiera de esas becas, serán excluidos de la lista de
aspirantes para esta beca.
4.4 Resultados de preselección.- Los resultados de la
preselección de bene ciarios/as serán noti cados por la
CBSEMS a los/las precandidatos/as a través del Sistema de
Registro, Consulta y Actualización de Datos (SIRCAD), o del
correo electrónico proporcionado al momento del registro, y
al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP” a través del Sistema Integral de Procesos
Operativos del Plantel (SIPOP).
El/la aspirante podrá consultar la información a partir del 02 de abril
del 2018 en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
accediendo con su CURP y contraseña al SIRCAD.
4.5 Validación de datos.- El/La Coordinador/a del Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”
llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de
Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que
cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato
en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Que cuenta con certi cado de secundaria.
d) Avance de créditos a partir de la publicación de la presente
convocatoria y totales.
Las fechas de validación se realizarán en los periodos
establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles
en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos
Las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos
establecidos en la presente convocatoria y/o en las Reglas de
Operación de este Programa, así como los/las estudiantes que
no hayan sido validados/as por el/la Coordinador/a del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP”, no podrá continuar en el proceso de selección.
Este proceso se hará con soporte documental que compruebe
lo de nido en la validación.
Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional
de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la
validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará
mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para
que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas
pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
4.6 Veri cación Presupuestal.- La CBSEMS veri cará la
disponibilidad presupuestal con la que cuenta para asignar las
becas.
4.7 Criterios de priorización.- Cuando los recursos
disponibles sean insu cientes para otorgar una beca a
todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función
de los siguientes criterios:
1. Ingreso mensual per cápita del hogar de la persona
solicitante, de conformidad con la información
proporcionada en la encuesta socioeconómica
correspondiente, o en la información sobre la condición de
vulnerabilidad económica incluida en la cha académica o
docente; o en su caso, escrito en el que mani este bajo
protesta de decir verdad los ingresos económicos
familiares.
2. Haber sido bene ciaria de las becas de apoyo a la educación
básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a que se
re ere el anexo 1: “Beca para que integrantes de grupos en
contextos y situación de vulnerabilidad (personas
indígenas, personas afrodescendientes, personas con
alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia y
madres jóvenes y jóvenes embarazadas) realicen sus
estudios” de las Reglas de Operación.
3. Alumnas embarazadas o madres, así como alumnos que
sean padres, a n de promover la corresponsabilidad y una
paternidad responsable.
4. Aspirantes detectados por los programas del Gobierno
Federal o los Gobiernos locales, que atienden a población
migrante, indígena y personas con algún tipo de
discapacidad motriz, visual o auditiva que cumplan con los
requisitos para ser bene ciarios/as.
5. Residir en uno de los municipios que se encuentren
incluidos en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el
Hambre; o bien, en alguno de los municipios incluidos en
el Programa Nacional para la PNPSVyD.
6. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas
de alto y muy alto grado de marginación establecidos por el
CONAPO y/o su equivalente estatal en contextos urbanos
marginados.
7. Alumnos/as migrantes repatriados/as o hijos/as de
migrantes repatriados/as o en retorno.
8. Alumnas que cumplan en igualdad de condiciones, con
todos los requisitos, con la nalidad de reducir las brechas
de desigualdad de género.
9. Personas víctimas directas e indirectas y que se encuentren
en el Registro Nacional de Víctimas.
La SEMS podrá utilizar un Análisis de Componentes
Principales u otro método estadístico para crear un índice
socioeconómico de los/las alumnos/as solicitantes, el cual
podrá ser usado como un criterio de priorización adicional al
ingreso per cápita con perspectiva de género, que permita
identi car de manera más robusta el nivel de pobreza de
los/las solicitantes, y con ello, su grado de vulnerabilidad, el
cual podrá consultarse a través del siguiente enlace:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Transparencia. De
igual forma, la SEMS dará prioridad a los/las alumnos/as que
no cuenten con un bene cio otorgado por el Gobierno
Federal y/o a través de un convenio de colaboración celebrado
entre la SEMS y el gobierno de una Entidad Federativa
4.8 Noti cación y publicación de resultados.- Los
resultados de la selección de bene ciarios/as serán
noti cados por la CBSEMS al Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, a través del
SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de
resultados del Comité Técnico de Becas de la SEMS. El/La
Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea-SEP” publicará los listados de
bene ciarios/as. Asimismo, la CBSEMS publicará a través
del SIRCAD disponible en www.sircad.sep.gob.mx los
resultados a los/las aspirantes a partir del 16 de abril del 2018.
4.9 Entrega de apoyos.- La CBSEMS noti cará a el/la
Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea-SEP” y a cada bene ciario/a mediante el
SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el
procedimiento que se debe seguir para la recepción de los
apoyos y cómo disponer del bene cio. Los/las bene ciarios/as
podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el
calendario de pagos que estará disponible en la sección del
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o
en el SIRCAD.
La recepción, con rmación y disposición del medio de pago se
establece conforme a los incisos j), k) y l) de las obligaciones
de los/las bene ciarios/as.
En el caso de los/las alumnos/as bene ciarios/as menores de
edad se les solicitará al momento de recoger el medio de pago,
la copia de la identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla
Militar o pasaporte) de su padre, madre o tutor/a y a los/las
mayores de edad se le solicitará identi cación o cial vigente
(INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte).
El primer pago de la beca será efectivo a partir de la
aprobación por parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS
y por consecuente, de la publicación de resultados en los
periodos establecidos por la CBSEMS, conforme al calendario
de pagos. La fecha del depósito de la beca podrá modi carse
de acuerdo a los ajustes presupuestales del programa y/o
proceso de validación.
4.10 Validación de continuidad.- El/La Coordinador/a del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema
Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP),
con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato
en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Avance de créditos.
Las fechas de validación se realizarán en los periodos
establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles
en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos
En caso de que un/una alumno/a bene ciario/a no haya sido
validado/a por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrán
continuar recibiendo los bene cios de esta beca. Este proceso
se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en
la validación.
Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional
de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la
validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará
mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para
que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas
pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS
BENEFICIARIOS/AS.
5.1 Derechos:
a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin
discriminación alguna por parte de las autoridades
educativas y del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP”.
b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación
del mismo sin costo.
c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y
oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del
Programa.
d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la
asignación de la beca, por el medio correspondiente en los
términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación.
e) Recibir la beca en los términos establecidos en las vigentes
Reglas de Operación, tratándose de una beca en especie,
conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al
efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s)
respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso
fortuito se deba reprogramar su entrega.
f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades
extraordinarias a su condición como bene ciario/a, o bien
realizar alguna contribución o donación al Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”
o a otros/as educandos.
g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los
términos de lo establecido en la normativa jurídica
aplicable en la materia.
h) Interponer los recursos administrativos conforme a las
disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en
particular procedan cuando se vulnere su derecho a recibir
la beca.
i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia
cuando considere haber sido objeto de algún trato
discriminatorio o de mala atención por parte de los/las
servidores públicos durante el proceso para obtener la
beca.
j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación
de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia
ejecutora correspondiente.
k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través
del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos,
respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento
de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un
máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
m) Cuando los/las alumnos/as que ya cuenten con una beca
y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la
SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para
evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el
mismo n, a través del mecanismo que establezca la SEMS
y sea difundido en la página web:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
5.2 Obligaciones:
a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado
en las vigentes Reglas de Operación, los anexos y
documentos adicionales correspondientes (1-16) y en la
presente convocatoria, y en su caso en el (los)
instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia
ejecutora.
b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información
que le sea requerida por la instancia ejecutora.
c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las
autoridades educativas, a las del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” y al personal
de la Instancia ejecutora correspondiente.
d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los)
documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la
beca, conforme lo establecido en las vigentes Reglas de
Operación.
e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de
contraloría social que determine cada una de las Instancias
ejecutoras.
f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional
al otorgado por la SEMS.
g) Entregar al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP” su solicitud de cancelación de la
beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”
será el responsable de realizar la baja de manera inmediata
a través del SIPOP y de resguardar el acuse
correspondiente.
h) Aportar los datos e información que le sea solicitada,
cuando se realice una visita de supervisión tanto en el
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea
– SEP” o bien en el domicilio de la persona bene ciaria.
i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso
de validación a través de la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD
j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días
naturales, contados a partir de la noti cación por parte de
la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible.
k) Con rmar la recepción del medio de pago en un periodo
no mayor a 45 días naturales contados a partir de la
noti cación mediante los mecanismos establecidos por la
CBSEMS en las convocatorias.
l) Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un
periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de
la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad
del bene cio.
m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los
originales de los documentos que hubiere adjuntado a la
solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la
veracidad de la información proporcionada en la encuesta
socioeconómica capturada en la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de
registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos
documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a
través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar
vista a las instancias competentes.
n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para
corroborar los datos declarados en la Encuesta
Socioeconómica.
ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las
condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se
establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan
o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.3 Causales de cancelación:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas
en las vigentes Reglas de Operación y en la presente
convocatoria o en el (los) instrumento(s) jurídico(s)
aplicable(s) para cada Instancia ejecutora.
b) Cuando el/la bene ciario/a renuncie a la beca y lo
mani este mediante un escrito dirigido al Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
c) Fallecimiento del/la bene ciario/a.
d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en
los anexos correspondientes (1-16) de las vigentes Reglas
de Operación.
e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la
bene ciario/a.
f) Cuando al bene ciario/a se le haya cubierto el total de la beca.
g) Cuando el/la bene ciario/a no recoja su medio de pago en
un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a
partir de que la CBSEMS noti que que el recurso de la beca
se encuentra disponible.
h) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a
90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS
noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
i) Cuando los datos académicos de la persona bene ciaria no
hayan sido validados por el/la Coordinador/a del Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
j) Cuando el/la bene ciario/a suspenda sus estudios
temporal o de nitivamente y el Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” sea quien
informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
k) Cuando el/la bene ciario/a reciba dos o más becas para el
mismo n.
l) A petición del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP” por causas plenamente justi cadas
como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a
del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea – SEP”, haber abandonado los estudios de educación
media superior, defunción, gozar de otro bene cio
económico para el mismo n otorgado por alguna
dependencia federal de la administración pública
centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con
evidencia documental que acredite las causas de baja
solicitadas por la dirección del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los
originales de los documentos que hubiere adjuntado a la
solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la
veracidad de la información proporcionada en la encuesta
socioeconómica. La baja de los/las alumnos/as será
noti cada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del
SIPOP.
n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación
serán de nidas en la(s) convocatoria(s) que al
efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s)
respectivo(s).
5.4 Causales de suspensión:
a) Por errores no imputables al/a la bene ciario/a generados
durante la etapa de validación de datos a que se re ere el
numeral 3.3.2. “Procedimiento de selección” de las
vigentes Reglas de Operación.
b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea
– SEP” que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la
solicitud de beca o durante el proceso de validación.
c) Cuando el/la bene ciario/a no disponga del apoyo
posterior a los 45 días naturales contados a partir de la
noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la
beca se encuentra disponible.
5.5 Causales de reintegro:
a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la
CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados
hasta ese momento.
b) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a
90 días naturales, contados a partir de la noti cación por
parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los
pagos.
c) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo
menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la
noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la
beca se encuentra disponible.
6. CONTACTO:
Para mayor información de la beca, derechos, obligaciones y
causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o
reintegro de los recursos, deberá consultar las Reglas de
Operación del Programa Nacional de Becas, disponibles en el
sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al
teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540,
60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin
costo), o escribir a través del Buzón de Becas
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos
Ciudad de México, 01 de marzo de 2018.
2 0 1 8 -
I
DE BACHILLERATO
La Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), a través de la Coordinación de
Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior (CBSEMS), convoca a los/las
estudiantes inscritos/as en la modalidad no escolarizada, opción virtual mediante el
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” a solicitar una beca.
Pago por avance en créditos
Créditos Hombres Mujeres
12-96 créditos $ 650.00 $ 725.00
97- 192 créditos $ 725.00 $ 800.00
193- 276 créditos $ 800.00 $ 875.00
1. MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA.
La beca consiste en un apoyo monetario por cada 12 créditos
(1 módulo acreditado) cuyo monto corresponderá de acuerdo
al avance en créditos contado a partir del 01 de marzo de
2018, conforme a la siguiente tabla:
Los pagos se realizarán conforme al avance informado por
“Prepa en Línea-SEP” en los periodos de validación
establecidos por la CBSEMS.
La vigencia de la presente convocatoria será a partir de su
publicación y hasta el 31 de agosto del 2018 y se pagarán
hasta 72 créditos durante este periodo. Los pagos se realizarán
de manera bimestral.
Sólo se pagarán los créditos realizados en periodo ordinario
y/o de regularización.
2. REQUISITOS GENERALES.
a) Estar inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en
Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) No haber concluido los estudios de Educación Media
Superior (EMS) ni estar cursando el Bachillerato en el
sistema escolarizado y no escolarizado ajeno a “Prepa en
Línea-SEP”.
c) No contar con algún bene cio equivalente de tipo
económico o en especie otorgado para el mismo n por
otro organismo público del Gobierno Federal al momento
de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba el
bene cio.
d) Tener CURP y cuenta de correo electrónico vigente.
e) Llenar el formato de solicitud de beca, completa, correcta y
verazmente a través de la Encuesta Socioeconómica de
Estudiantes de Educación Media Superior (ENCSEEMS),
disponible en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
3. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
a) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
b) Contar con certi cado de secundaria.
4. SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS.
4.1 Registro.- Los/las aspirantes deberán registrar
su solicitud de beca a través del llenado de la ENCSEEMS, en
el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, durante el
periodo del 01 al 31 de marzo del 2018.
4.2 Preselección.- La CBSEMS veri cará el cumplimiento de
los requisitos a través de la información registrada en la
ENCSEEMS, obteniendo una lista de prelación de los/as
aspirantes de acuerdo a los criterios establecidos en las
vigentes Reglas de Operación del Programa Nacional de
Becas.
4.3 Confronta de padrones.- La base de datos de los/las
alumnos/as aspirantes se confrontará con el padrón de
bene ciarios/as de PROSPERA, con los padrones de
bene ciarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que
tenga acceso, con la nalidad de evitar la duplicidad de los
apoyos de quien cuenta con una beca para el mismo n.
Los/las alumnos/as identi cados/as como bene ciarios/as
de cualquiera de esas becas, serán excluidos de la lista de
aspirantes para esta beca.
4.4 Resultados de preselección.- Los resultados de la
preselección de bene ciarios/as serán noti cados por la
CBSEMS a los/las precandidatos/as a través del Sistema de
Registro, Consulta y Actualización de Datos (SIRCAD), o del
correo electrónico proporcionado al momento del registro, y
al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP” a través del Sistema Integral de Procesos
Operativos del Plantel (SIPOP).
El/la aspirante podrá consultar la información a partir del 02 de abril
del 2018 en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
accediendo con su CURP y contraseña al SIRCAD.
4.5 Validación de datos.- El/La Coordinador/a del Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”
llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de
Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que
cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato
en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Que cuenta con certi cado de secundaria.
d) Avance de créditos a partir de la publicación de la presente
convocatoria y totales.
Las fechas de validación se realizarán en los periodos
establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles
en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos
Las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos
establecidos en la presente convocatoria y/o en las Reglas de
Operación de este Programa, así como los/las estudiantes que
no hayan sido validados/as por el/la Coordinador/a del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP”, no podrá continuar en el proceso de selección.
Este proceso se hará con soporte documental que compruebe
lo de nido en la validación.
Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional
de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la
validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará
mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para
que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas
pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
4.6 Veri cación Presupuestal.- La CBSEMS veri cará la
disponibilidad presupuestal con la que cuenta para asignar las
becas.
4.7 Criterios de priorización.- Cuando los recursos
disponibles sean insu cientes para otorgar una beca a
todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función
de los siguientes criterios:
1. Ingreso mensual per cápita del hogar de la persona
solicitante, de conformidad con la información
proporcionada en la encuesta socioeconómica
correspondiente, o en la información sobre la condición de
vulnerabilidad económica incluida en la cha académica o
docente; o en su caso, escrito en el que mani este bajo
protesta de decir verdad los ingresos económicos
familiares.
2. Haber sido bene ciaria de las becas de apoyo a la educación
básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a que se
re ere el anexo
1: “Beca para que integrantes de grupos en
contextos y situación de vulnerabilidad (personas
indígenas, personas afrodescendientes, personas con
alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia y
madres jóvenes y jóvenes embarazadas) realicen sus
estudios” de las Reglas de Operación.
3. Alumnas embarazadas o madres, así como alumnos que
sean padres, a n de promover la corresponsabilidad y una
paternidad responsable.
4. Aspirantes detectados por los programas del Gobierno
Federal o los Gobiernos locales, que atienden a población
migrante, indígena y personas con algún tipo de
discapacidad motriz, visual o auditiva que cumplan con los
requisitos para ser bene ciarios/as.
5. Residir en uno de los municipios que se encuentren
incluidos en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el
Hambre; o bien, en alguno de los municipios incluidos en
el Programa Nacional para la PNPSVyD.
6. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas
de alto y muy alto grado de marginación establecidos por el
CONAPO y/o su equivalente estatal en contextos urbanos
marginados.
7. Alumnos/as migrantes repatriados/as o hijos/as de
migrantes repatriados/as o en retorno.
8. Alumnas que cumplan en igualdad de condiciones, con
todos los requisitos, con la nalidad de reducir las brechas
de desigualdad de género.
9. Personas víctimas directas e indirectas y que se encuentren
en el Registro Nacional de Víctimas.
La SEMS podrá utilizar un Análisis de Componentes
Principales u otro método estadístico para crear un índice
socioeconómico de los/las alumnos/as solicitantes, el cual
podrá ser usado como un criterio de priorización adicional al
ingreso per cápita con perspectiva de género, que permita
2
Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior
identi car de manera más robusta el nivel de pobreza de
los/las solicitantes, y con ello, su grado de vulnerabilidad, el
cual podrá consultarse a través del siguiente enlace:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Transparencia. De
igual forma, la SEMS dará prioridad a los/las alumnos/as que
no cuenten con un bene cio otorgado por el Gobierno
Federal y/o a través de un convenio de colaboración celebrado
entre la SEMS y el gobierno de una Entidad Federativa
4.8 Noti cación y publicación de resultados.- Los
resultados de la selección de bene ciarios/as serán
noti cados por la CBSEMS al Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, a través del
SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de
resultados del Comité Técnico de Becas de la SEMS. El/La
Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea-SEP” publicará los listados de
bene ciarios/as. Asimismo, la CBSEMS publicará a través
del SIRCAD disponible en www.sircad.sep.gob.mx los
resultados a los/las aspirantes a partir del 16 de abril del 2018.
4.9 Entrega de apoyos.- La CBSEMS noti cará a el/la
Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea-SEP” y a cada bene ciario/a mediante el
SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el
procedimiento que se debe seguir para la recepción de los
apoyos y cómo disponer del bene cio. Los/las bene ciarios/as
podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el
calendario de pagos que estará disponible en la sección del
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o
en el SIRCAD.
La recepción, con rmación y disposición del medio de pago se
establece conforme a los incisos j), k) y l) de las obligaciones
de los/las bene ciarios/as.
En el caso de los/las alumnos/as bene ciarios/as menores de
edad se les solicitará al momento de recoger el medio de pago,
la copia de la identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla
Militar o pasaporte) de su padre, madre o tutor/a y a los/las
mayores de edad se le solicitará identi cación o cial vigente
(INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte).
El primer pago de la beca será efectivo a partir de la
aprobación por parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS
y por consecuente, de la publicación de resultados en los
periodos establecidos por la CBSEMS, conforme al calendario
de pagos. La fecha del depósito de la beca podrá modi carse
de acuerdo a los ajustes presupuestales del programa y/o
proceso de validación.
4.10 Validación de continuidad.- El/La Coordinador/a del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema
Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP),
con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato
en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Avance de créditos.
Las fechas de validación se realizarán en los periodos
establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles
en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos
En caso de que un/una alumno/a bene ciario/a no haya sido
validado/a por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrán
continuar recibiendo los bene cios de esta beca. Este proceso
se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en
la validación.
Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional
de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la
validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará
mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para
que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas
pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS
BENEFICIARIOS/AS.
5.1 Derechos:
a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin
discriminación alguna por parte de las autoridades
educativas y del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP”.
b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación
del mismo sin costo.
c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y
oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del
Programa.
d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la
asignación de la beca, por el medio correspondiente en los
términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación.
e) Recibir la beca en los términos establecidos en las vigentes
Reglas de Operación, tratándose de una beca en especie,
conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al
efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s)
respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso
fortuito se deba reprogramar su entrega.
f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades
extraordinarias a su condición como bene ciario/a, o bien
realizar alguna contribución o donación al Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”
o a otros/as educandos.
g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los
términos de lo establecido en la normativa jurídica
aplicable en la materia.
h) Interponer los recursos administrativos conforme a las
disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en
particular procedan cuando se vulnere su derecho a recibir
la beca.
i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia
cuando considere haber sido objeto de algún trato
discriminatorio o de mala atención por parte de los/las
servidores públicos durante el proceso para obtener la
beca.
j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación
de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia
ejecutora correspondiente.
k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través
del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos,
respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento
de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un
máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
m) Cuando los/las alumnos/as que ya cuenten con una beca
y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la
SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para
evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el
mismo n, a través del mecanismo que establezca la SEMS
y sea difundido en la página web:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
5.2 Obligaciones:
a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado
en las vigentes Reglas de Operación, los anexos y
documentos adicionales correspondientes (1-16) y en la
presente convocatoria, y en su caso en el (los)
instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia
ejecutora.
b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información
que le sea requerida por la instancia ejecutora.
c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las
autoridades educativas, a las del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” y al personal
de la Instancia ejecutora correspondiente.
d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los)
documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la
beca, conforme lo establecido en las vigentes Reglas de
Operación.
e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de
contraloría social que determine cada una de las Instancias
ejecutoras.
f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional
al otorgado por la SEMS.
g) Entregar al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP” su solicitud de cancelación de la
beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”
será el responsable de realizar la baja de manera inmediata
a través del SIPOP y de resguardar el acuse
correspondiente.
h) Aportar los datos e información que le sea solicitada,
cuando se realice una visita de supervisión tanto en el
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea
– SEP” o bien en el domicilio de la persona bene ciaria.
i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso
de validación a través de la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD
j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días
naturales, contados a partir de la noti cación por parte de
la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible.
k) Con rmar la recepción del medio de pago en un periodo
no mayor a 45 días naturales contados a partir de la
noti cación mediante los mecanismos establecidos por la
CBSEMS en las convocatorias.
l) Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un
periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de
la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad
del bene cio.
m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los
originales de los documentos que hubiere adjuntado a la
solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la
veracidad de la información proporcionada en la encuesta
socioeconómica capturada en la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de
registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos
documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a
través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar
vista a las instancias competentes.
n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para
corroborar los datos declarados en la Encuesta
Socioeconómica.
ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las
condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se
establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan
o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.3 Causales de cancelación:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas
en las vigentes Reglas de Operación y en la presente
convocatoria o en el (los) instrumento(s) jurídico(s)
aplicable(s) para cada Instancia ejecutora.
b) Cuando el/la bene ciario/a renuncie a la beca y lo
mani este mediante un escrito dirigido al Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
c) Fallecimiento del/la bene ciario/a.
d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en
los anexos correspondientes (1-16) de las vigentes Reglas
de Operación.
e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la
bene ciario/a.
f) Cuando al bene ciario/a se le haya cubierto el total de la beca.
g) Cuando el/la bene ciario/a no recoja su medio de pago en
un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a
partir de que la CBSEMS noti que que el recurso de la beca
se encuentra disponible.
h) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a
90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS
noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
i) Cuando los datos académicos de la persona bene ciaria no
hayan sido validados por el/la Coordinador/a del Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
j) Cuando el/la bene ciario/a suspenda sus estudios
temporal o de nitivamente y el Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” sea quien
informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
k) Cuando el/la bene ciario/a reciba dos o más becas para el
mismo n.
l) A petición del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP” por causas plenamente justi cadas
como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a
del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea – SEP”, haber abandonado los estudios de educación
media superior, defunción, gozar de otro bene cio
económico para el mismo n otorgado por alguna
dependencia federal de la administración pública
centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con
evidencia documental que acredite las causas de baja
solicitadas por la dirección del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los
originales de los documentos que hubiere adjuntado a la
solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la
veracidad de la información proporcionada en la encuesta
socioeconómica. La baja de los/las alumnos/as será
noti cada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del
SIPOP.
n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación
serán de nidas en la(s) convocatoria(s) que al
efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s)
respectivo(s).
5.4 Causales de suspensión:
a) Por errores no imputables al/a la bene ciario/a generados
durante la etapa de validación de datos a que se re ere el
numeral 3.3.2. “Procedimiento de selección” de las
vigentes Reglas de Operación.
b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea
– SEP” que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la
solicitud de beca o durante el proceso de validación.
c) Cuando el/la bene ciario/a no disponga del apoyo
posterior a los 45 días naturales contados a partir de la
noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la
beca se encuentra disponible.
5.5 Causales de reintegro:
a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la
CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados
hasta ese momento.
b) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a
90 días naturales, contados a partir de la noti cación por
parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los
pagos.
c) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo
menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la
noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la
beca se encuentra disponible.
6. CONTACTO:
Para mayor información de la beca, derechos, obligaciones y
causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o
reintegro de los recursos, deberá consultar las Reglas de
Operación del Programa Nacional de Becas, disponibles en el
sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al
teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540,
60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin
costo), o escribir a través del Buzón de Becas
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos
Ciudad de México, 01 de marzo de 2018.
Beca Prepa en Línea - SEP
2 0 1 8 - I
Beca Prepa en Línea - SEP
2 0 1 8 -
I
1. MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA.
La beca consiste en un apoyo monetario por cada 12 créditos
(1 módulo acreditado) cuyo monto corresponderá de acuerdo
al avance en créditos contado a partir del 01 de marzo de
2018, conforme a la siguiente tabla:
Los pagos se realizarán conforme al avance informado por
“Prepa en Línea-SEP” en los periodos de validación
establecidos por la CBSEMS.
La vigencia de la presente convocatoria será a partir de su
publicación y hasta el 31 de agosto del 2018 y se pagarán
hasta 72 créditos durante este periodo. Los pagos se realizarán
de manera bimestral.
Sólo se pagarán los créditos realizados en periodo ordinario
y/o de regularización.
2. REQUISITOS GENERALES.
a) Estar inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en
Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) No haber concluido los estudios de Educación Media
Superior (EMS) ni estar cursando el Bachillerato en el
sistema escolarizado y no escolarizado ajeno a “Prepa en
Línea-SEP”.
c) No contar con algún bene cio equivalente de tipo
económico o en especie otorgado para el mismo n por
otro organismo público del Gobierno Federal al momento
de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba el
bene cio.
d) Tener CURP y cuenta de correo electrónico vigente.
e) Llenar el formato de solicitud de beca, completa, correcta y
verazmente a través de la Encuesta Socioeconómica de
Estudiantes de Educación Media Superior (ENCSEEMS),
disponible en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
3. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
a) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
b) Contar con certi cado de secundaria.
4. SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS.
4.1 Registro.- Los/las aspirantes deberán registrar
su solicitud de beca a través del llenado de la ENCSEEMS, en
el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, durante el
periodo del 01 al 31 de marzo del 2018.
4.2 Preselección.- La CBSEMS veri cará el cumplimiento de
los requisitos a través de la información registrada en la
ENCSEEMS, obteniendo una lista de prelación de los/as
aspirantes de acuerdo a los criterios establecidos en las
vigentes Reglas de Operación del Programa Nacional de
Becas.
4.3 Confronta de padrones.- La base de datos de los/las
alumnos/as aspirantes se confrontará con el padrón de
bene ciarios/as de PROSPERA, con los padrones de
bene ciarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que
tenga acceso, con la nalidad de evitar la duplicidad de los
apoyos de quien cuenta con una beca para el mismo n.
Los/las alumnos/as identi cados/as como bene ciarios/as
de cualquiera de esas becas, serán excluidos de la lista de
aspirantes para esta beca.
4.4 Resultados de preselección.- Los resultados de la
preselección de bene ciarios/as serán noti cados por la
CBSEMS a los/las precandidatos/as a través del Sistema de
Registro, Consulta y Actualización de Datos (SIRCAD), o del
correo electrónico proporcionado al momento del registro, y
al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP” a través del Sistema Integral de Procesos
Operativos del Plantel (SIPOP).
El/la aspirante podrá consultar la información a partir del 02 de abril
del 2018 en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
accediendo con su CURP y contraseña al SIRCAD.
4.5 Validación de datos.- El/La Coordinador/a del Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”
llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de
Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que
cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato
en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Que cuenta con certi cado de secundaria.
d) Avance de créditos a partir de la publicación de la presente
convocatoria y totales.
Las fechas de validación se realizarán en los periodos
establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles
en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos
Las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos
establecidos en la presente convocatoria y/o en las Reglas de
Operación de este Programa, así como los/las estudiantes que
no hayan sido validados/as por el/la Coordinador/a del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP”, no podrá continuar en el proceso de selección.
Este proceso se hará con soporte documental que compruebe
lo de nido en la validación.
Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional
de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la
validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará
mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para
que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas
pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
4.6 Veri cación Presupuestal.- La CBSEMS veri cará la
disponibilidad presupuestal con la que cuenta para asignar las
becas.
4.7 Criterios de priorización.- Cuando los recursos
disponibles sean insu cientes para otorgar una beca a
todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función
de los siguientes criterios:
1. Ingreso mensual per cápita del hogar de la persona
solicitante, de conformidad con la información
proporcionada en la encuesta socioeconómica
correspondiente, o en la información sobre la condición de
vulnerabilidad económica incluida en la cha académica o
docente; o en su caso, escrito en el que mani este bajo
protesta de decir verdad los ingresos económicos
familiares.
2. Haber sido bene ciaria de las becas de apoyo a la educación
básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a que se
re ere el anexo 1: “Beca para que integrantes de grupos en
contextos y situación de vulnerabilidad (personas
indígenas, personas afrodescendientes, personas con
alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia y
madres jóvenes y jóvenes embarazadas) realicen sus
estudios” de las Reglas de Operación.
3. Alumnas embarazadas o madres, así como alumnos que
sean padres, a n de promover la corresponsabilidad y una
paternidad responsable.
4. Aspirantes detectados por los programas del Gobierno
Federal o los Gobiernos locales, que atienden a población
migrante, indígena y personas con algún tipo de
discapacidad motriz, visual o auditiva que cumplan con los
requisitos para ser bene ciarios/as.
5. Residir en uno de los municipios que se encuentren
incluidos en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el
Hambre; o bien, en alguno de los municipios incluidos en
el Programa Nacional para la PNPSVyD.
6. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas
de alto y muy alto grado de marginación establecidos por el
CONAPO y/o su equivalente estatal en contextos urbanos
marginados.
7. Alumnos/as migrantes repatriados/as o hijos/as de
migrantes repatriados/as o en retorno.
8. Alumnas que cumplan en igualdad de condiciones, con
todos los requisitos, con la nalidad de reducir las brechas
de desigualdad de género.
9. Personas víctimas directas e indirectas y que se encuentren
en el Registro Nacional de Víctimas.
La SEMS podrá utilizar un Análisis de Componentes
Principales u otro método estadístico para crear un índice
socioeconómico de los/las alumnos/as solicitantes, el cual
podrá ser usado como un criterio de priorización adicional al
ingreso per cápita con perspectiva de género, que permita
3
Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior
identi car de manera más robusta el nivel de pobreza de
los/las solicitantes, y con ello, su grado de vulnerabilidad, el
cual podrá consultarse a través del siguiente enlace:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Transparencia. De
igual forma, la SEMS dará prioridad a los/las alumnos/as que
no cuenten con un bene cio otorgado por el Gobierno
Federal y/o a través de un convenio de colaboración celebrado
entre la SEMS y el gobierno de una Entidad Federativa
4.8 Noti cación y publicación de resultados.- Los
resultados de la selección de bene ciarios/as serán
noti cados por la CBSEMS al Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, a través del
SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de
resultados del Comité Técnico de Becas de la SEMS. El/La
Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea-SEP” publicará los listados de
bene ciarios/as. Asimismo, la CBSEMS publicará a través
del SIRCAD disponible en www.sircad.sep.gob.mx los
resultados a los/las aspirantes a partir del 16 de abril del 2018.
4.9 Entrega de apoyos.- La CBSEMS noti cará a el/la
Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea-SEP” y a cada bene ciario/a mediante el
SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el
procedimiento que se debe seguir para la recepción de los
apoyos y cómo disponer del bene cio. Los/las bene ciarios/as
podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el
calendario de pagos que estará disponible en la sección del
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o
en el SIRCAD.
La recepción, con rmación y disposición del medio de pago se
establece conforme a los incisos j), k) y l) de las obligaciones
de los/las bene ciarios/as.
En el caso de los/las alumnos/as bene ciarios/as menores de
edad se les solicitará al momento de recoger el medio de pago,
la copia de la identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla
Militar o pasaporte) de su padre, madre o tutor/a y a los/las
mayores de edad se le solicitará identi cación o cial vigente
(INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte).
El primer pago de la beca será efectivo a partir de la
aprobación por parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS
y por consecuente, de la publicación de resultados en los
periodos establecidos por la CBSEMS, conforme al calendario
de pagos. La fecha del depósito de la beca podrá modi carse
de acuerdo a los ajustes presupuestales del programa y/o
proceso de validación.
4.10 Validación de continuidad.- El/La Coordinador/a del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema
Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP),
con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato
en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3
meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Avance de créditos.
Las fechas de validación se realizarán en los periodos
establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles
en el portal:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos
En caso de que un/una alumno/a bene ciario/a no haya sido
validado/a por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrán
continuar recibiendo los bene cios de esta beca. Este proceso
se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en
la validación.
Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional
de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la
validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará
mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para
que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas
pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS
BENEFICIARIOS/AS.
5.1 Derechos:
a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin
discriminación alguna por parte de las autoridades
educativas y del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP”.
b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación
del mismo sin costo.
c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y
oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del
Programa.
d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la
asignación de la beca, por el medio correspondiente en los
términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación.
e) Recibir la beca en los términos establecidos en las vigentes
Reglas de Operación, tratándose de una beca en especie,
conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al
efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s)
respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso
fortuito se deba reprogramar su entrega.
f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades
extraordinarias a su condición como bene ciario/a, o bien
realizar alguna contribución o donación al Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”
o a otros/as educandos.
g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los
términos de lo establecido en la normativa jurídica
aplicable en la materia.
h) Interponer los recursos administrativos conforme a las
disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en
particular procedan cuando se vulnere su derecho a recibir
la beca.
i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia
cuando considere haber sido objeto de algún trato
discriminatorio o de mala atención por parte de los/las
servidores públicos durante el proceso para obtener la
beca.
j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación
de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia
ejecutora correspondiente.
k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través
del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos,
respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento
de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un
máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
m) Cuando los/las alumnos/as que ya cuenten con una beca
y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la
SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para
evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el
mismo n, a través del mecanismo que establezca la SEMS
y sea difundido en la página web:
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
5.2 Obligaciones:
a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado
en las vigentes Reglas de Operación, los anexos y
documentos adicionales correspondientes (1-16) y en la
presente convocatoria, y en su caso en el (los)
instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia
ejecutora.
b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información
que le sea requerida por la instancia ejecutora.
c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las
autoridades educativas, a las del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” y al personal
de la Instancia ejecutora correspondiente.
d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los)
documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la
beca, conforme lo establecido en las vigentes Reglas de
Operación.
e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de
contraloría social que determine cada una de las Instancias
ejecutoras.
f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional
al otorgado por la SEMS.
g) Entregar al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP” su solicitud de cancelación de la
beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el
portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”
será el responsable de realizar la baja de manera inmediata
a través del SIPOP y de resguardar el acuse
correspondiente.
h) Aportar los datos e información que le sea solicitada,
cuando se realice una visita de supervisión tanto en el
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea
– SEP” o bien en el domicilio de la persona bene ciaria.
i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso
de validación a través de la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD
j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días
naturales, contados a partir de la noti cación por parte de
la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible.
k) Con rmar la recepción del medio de pago en un periodo
no mayor a 45 días naturales contados a partir de la
noti cación mediante los mecanismos establecidos por la
CBSEMS en las convocatorias.
l) Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un
periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de
la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad
del bene cio.
m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los
originales de los documentos que hubiere adjuntado a la
solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la
veracidad de la información proporcionada en la encuesta
socioeconómica capturada en la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de
registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos
documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a
través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar
vista a las instancias competentes.
n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para
corroborar los datos declarados en la Encuesta
Socioeconómica.
ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las
condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se
establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan
o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.3 Causales de cancelación:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas
en las vigentes Reglas de Operación y en la presente
convocatoria o en el (los) instrumento(s) jurídico(s)
aplicable(s) para cada Instancia ejecutora.
b) Cuando el/la bene ciario/a renuncie a la beca y lo
mani este mediante un escrito dirigido al Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
c) Fallecimiento del/la bene ciario/a.
d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en
los anexos correspondientes (1-16) de las vigentes Reglas
de Operación.
e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la
bene ciario/a.
f) Cuando al bene ciario/a se le haya cubierto el total de la beca.
g) Cuando el/la bene ciario/a no recoja su medio de pago en
un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a
partir de que la CBSEMS noti que que el recurso de la beca
se encuentra disponible.
h) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a
90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS
noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
i) Cuando los datos académicos de la persona bene ciaria no
hayan sido validados por el/la Coordinador/a del Servicio
Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
j) Cuando el/la bene ciario/a suspenda sus estudios
temporal o de nitivamente y el Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” sea quien
informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
k) Cuando el/la bene ciario/a reciba dos o más becas para el
mismo n.
l) A petición del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea
“Prepa en Línea – SEP” por causas plenamente justi cadas
como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a
del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en
Línea – SEP”, haber abandonado los estudios de educación
media superior, defunción, gozar de otro bene cio
económico para el mismo n otorgado por alguna
dependencia federal de la administración pública
centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con
evidencia documental que acredite las causas de baja
solicitadas por la dirección del Servicio Nacional de
Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los
originales de los documentos que hubiere adjuntado a la
solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la
veracidad de la información proporcionada en la encuesta
socioeconómica. La baja de los/las alumnos/as será
noti cada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del
SIPOP.
n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación
serán de nidas en la(s) convocatoria(s) que al
efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s)
respectivo(s).
5.4 Causales de suspensión:
a) Por errores no imputables al/a la bene ciario/a generados
durante la etapa de validación de datos a que se re ere el
numeral 3.3.2. “Procedimiento de selección” de las
vigentes Reglas de Operación.
b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades del
Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea
– SEP” que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la
solicitud de beca o durante el proceso de validación.
c) Cuando el/la bene ciario/a no disponga del apoyo
posterior a los 45 días naturales contados a partir de la
noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la
beca se encuentra disponible.
5.5 Causales de reintegro:
a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la
CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados
hasta ese momento.
b) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a
90 días naturales, contados a partir de la noti cación por
parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los
pagos.
c) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas
monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo
menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la
noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la
beca se encuentra disponible.
6. CONTACTO:
Para mayor información de la beca, derechos, obligaciones y
causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o
reintegro de los recursos, deberá consultar las Reglas de
Operación del Programa Nacional de Becas, disponibles en el
sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al
teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540,
60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin
costo), o escribir a través del Buzón de Becas
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos
Ciudad de México, 01 de marzo de 2018.
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