1era SESIÓN DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DEL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA (CONALEP)


El pasado lunes 12 de Marzo del 2018 se llevo acabo 1er. sesión del comité de vinculación del CONALEP Chimalhuacán, en que se llevaran algunos acuerdos en el que el sector Publico y Privado unirán esfuerzos para que la educación que reciban los jóvenes estudiantes de la honorable institución sea de la mayor calidad.

¡¡AVISO URGENTE!!

A todos los beneficiarios del programa de becas por permanencia y promedio, se les informa que por situaciones ajenas a nuestra responsabilidad, se reprograma la fecha de entrega, hasta nuevo aviso. Ofrecemos una muy sentida disculpa por las posibles afectaciones, así mismo les pedimos estar atentos a través de este medio para la reprogramación correspondiente.


Atte. Dirección General de Educación.

BECA PREPA EN LINEA

http://www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/beca-prepalinea18-1#convocatoria

La Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), a través de la Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior (CBSEMS), convoca a los/las estudiantes inscritos/as en la modalidad no escolarizada, opción virtual mediante el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” a solicitar una beca.

1. MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA. La beca consiste en un apoyo monetario por cada 12 créditos (1 módulo acreditado) cuyo monto corresponderá de acuerdo al avance en créditos contado a partir del 01 de marzo de 2018, conforme a la siguiente tabla: Los pagos se realizarán conforme al avance informado por “Prepa en Línea-SEP” en los periodos de validación establecidos por la CBSEMS. La vigencia de la presente convocatoria será a partir de su publicación y hasta el 31 de agosto del 2018 y se pagarán hasta 72 créditos durante este periodo. Los pagos se realizarán de manera bimestral. Sólo se pagarán los créditos realizados en periodo ordinario y/o de regularización.

2. REQUISITOS GENERALES.
a) Estar inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) No haber concluido los estudios de Educación Media Superior (EMS) ni estar cursando el Bachillerato en el sistema escolarizado y no escolarizado ajeno a “Prepa en Línea-SEP”.
c) No contar con algún bene cio equivalente de tipo económico o en especie otorgado para el mismo n por otro organismo público del Gobierno Federal al momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba el bene cio.
d) Tener CURP y cuenta de correo electrónico vigente.
e) Llenar el formato de solicitud de beca, completa, correcta y verazmente a través de la Encuesta Socioeconómica de Estudiantes de Educación Media Superior (ENCSEEMS), disponible en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx

3. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
a) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
b) Contar con certi cado de secundaria.

4. SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS.
4.1 Registro.- Los/las aspirantes deberán registrar su solicitud de beca a través del llenado de la ENCSEEMS, en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, durante el periodo del 01 al 31 de marzo del 2018.
4.2 Preselección.- La CBSEMS veri cará el cumplimiento de los requisitos a través de la información registrada en la ENCSEEMS, obteniendo una lista de prelación de los/as aspirantes de acuerdo a los criterios establecidos en las vigentes Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas.
4.3 Confronta de padrones.- La base de datos de los/las alumnos/as aspirantes se confrontará con el padrón de bene ciarios/as de PROSPERA, con los padrones de bene ciarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que tenga acceso, con la nalidad de evitar la duplicidad de los apoyos de quien cuenta con una beca para el mismo n. Los/las alumnos/as identi cados/as como bene ciarios/as de cualquiera de esas becas, serán excluidos de la lista de aspirantes para esta beca.
4.4 Resultados de preselección.- Los resultados de la preselección de bene ciarios/as serán noti cados por la CBSEMS a los/las precandidatos/as a través del Sistema de Registro, Consulta y Actualización de Datos (SIRCAD), o del correo electrónico proporcionado al momento del registro, y al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” a través del Sistema Integral de Procesos Operativos del Plantel (SIPOP). El/la aspirante podrá consultar la información a partir del 02 de abril del 2018 en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx accediendo con su CURP y contraseña al SIRCAD.
4.5 Validación de datos.- El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Que cuenta con certi cado de secundaria.
d) Avance de créditos a partir de la publicación de la presente convocatoria y totales. Las fechas de validación se realizarán en los periodos establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos Las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria y/o en las Reglas de Operación de este Programa, así como los/las estudiantes que no hayan sido validados/as por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrá continuar en el proceso de selección. Este proceso se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en la validación. Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
4.6 Veri cación Presupuestal.- La CBSEMS veri cará la disponibilidad presupuestal con la que cuenta para asignar las becas.
4.7 Criterios de priorización.- Cuando los recursos disponibles sean insu cientes para otorgar una beca a todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función de los siguientes criterios:
1. Ingreso mensual per cápita del hogar de la persona solicitante, de conformidad con la información proporcionada en la encuesta socioeconómica correspondiente, o en la información sobre la condición de vulnerabilidad económica incluida en la cha académica o docente; o en su caso, escrito en el que mani este bajo protesta de decir verdad los ingresos económicos familiares.
2. Haber sido bene ciaria de las becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a que se re ere el anexo 1: “Beca para que integrantes de grupos en contextos y situación de vulnerabilidad (personas indígenas, personas afrodescendientes, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia y madres jóvenes y jóvenes embarazadas) realicen sus estudios” de las Reglas de Operación.
3. Alumnas embarazadas o madres, así como alumnos que sean padres, a n de promover la corresponsabilidad y una paternidad responsable.
4. Aspirantes detectados por los programas del Gobierno Federal o los Gobiernos locales, que atienden a población migrante, indígena y personas con algún tipo de discapacidad motriz, visual o auditiva que cumplan con los requisitos para ser bene ciarios/as.
5. Residir en uno de los municipios que se encuentren incluidos en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre; o bien, en alguno de los municipios incluidos en el Programa Nacional para la PNPSVyD.
6. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas de alto y muy alto grado de marginación establecidos por el CONAPO y/o su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
7. Alumnos/as migrantes repatriados/as o hijos/as de migrantes repatriados/as o en retorno.
8. Alumnas que cumplan en igualdad de condiciones, con todos los requisitos, con la nalidad de reducir las brechas de desigualdad de género.
9. Personas víctimas directas e indirectas y que se encuentren en el Registro Nacional de Víctimas. La SEMS podrá utilizar un Análisis de Componentes Principales u otro método estadístico para crear un índice socioeconómico de los/las alumnos/as solicitantes, el cual podrá ser usado como un criterio de priorización adicional al ingreso per cápita con perspectiva de género, que permita identi car de manera más robusta el nivel de pobreza de los/las solicitantes, y con ello, su grado de vulnerabilidad, el cual podrá consultarse a través del siguiente enlace: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Transparencia. De igual forma, la SEMS dará prioridad a los/las alumnos/as que no cuenten con un bene cio otorgado por el Gobierno Federal y/o a través de un convenio de colaboración celebrado entre la SEMS y el gobierno de una Entidad Federativa
4.8 Noti cación y publicación de resultados.- Los resultados de la selección de bene ciarios/as serán noti cados por la CBSEMS al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, a través del SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de resultados del Comité Técnico de Becas de la SEMS. El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” publicará los listados de bene ciarios/as. Asimismo, la CBSEMS publicará a través del SIRCAD disponible en www.sircad.sep.gob.mx los resultados a los/las aspirantes a partir del 16 de abril del 2018.
4.9 Entrega de apoyos.- La CBSEMS noti cará a el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” y a cada bene ciario/a mediante el SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el procedimiento que se debe seguir para la recepción de los apoyos y cómo disponer del bene cio. Los/las bene ciarios/as podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el calendario de pagos que estará disponible en la sección del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o en el SIRCAD. La recepción, con rmación y disposición del medio de pago se establece conforme a los incisos j), k) y l) de las obligaciones de los/las bene ciarios/as. En el caso de los/las alumnos/as bene ciarios/as menores de edad se les solicitará al momento de recoger el medio de pago, la copia de la identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte) de su padre, madre o tutor/a y a los/las mayores de edad se le solicitará identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte). El primer pago de la beca será efectivo a partir de la aprobación por parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS y por consecuente, de la publicación de resultados en los periodos establecidos por la CBSEMS, conforme al calendario de pagos. La fecha del depósito de la beca podrá modi carse de acuerdo a los ajustes presupuestales del programa y/o proceso de validación.
4.10 Validación de continuidad.- El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente: a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”. b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria. c) Avance de créditos. Las fechas de validación se realizarán en los periodos establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos En caso de que un/una alumno/a bene ciario/a no haya sido validado/a por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrán continuar recibiendo los bene cios de esta beca. Este proceso se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en la validación. Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.

 5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS BENEFICIARIOS/AS.
5.1 Derechos:
a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de las autoridades educativas y del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación del mismo sin costo.
c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del Programa.
d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la asignación de la beca, por el medio correspondiente en los términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación.
e) Recibir la beca en los términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación, tratándose de una beca en especie, conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso fortuito se deba reprogramar su entrega.
f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades extraordinarias a su condición como bene ciario/a, o bien realizar alguna contribución o donación al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” o a otros/as educandos.
g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en la normativa jurídica aplicable en la materia.
h) Interponer los recursos administrativos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en particular procedan cuando se vulnere su derecho a recibir la beca.
i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/las servidores públicos durante el proceso para obtener la beca.
j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia ejecutora correspondiente.
k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos, respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
m) Cuando los/las alumnos/as que ya cuenten con una beca y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el mismo n, a través del mecanismo que establezca la SEMS y sea difundido en la página web: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
5.2 Obligaciones:
a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado en las vigentes Reglas de Operación, los anexos y documentos adicionales correspondientes (1-16) y en la presente convocatoria, y en su caso en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia ejecutora.
b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora.
c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” y al personal de la Instancia ejecutora correspondiente.
d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los) documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la beca, conforme lo establecido en las vigentes Reglas de Operación.
e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de contraloría social que determine cada una de las Instancias ejecutoras.
f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional al otorgado por la SEMS.
g) Entregar al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” su solicitud de cancelación de la beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” será el responsable de realizar la baja de manera inmediata a través del SIPOP y de resguardar el acuse correspondiente.
h) Aportar los datos e información que le sea solicitada, cuando se realice una visita de supervisión tanto en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” o bien en el domicilio de la persona bene ciaria.
i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso de validación a través de la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible.
k) Con rmar la recepción del medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales contados a partir de la noti cación mediante los mecanismos establecidos por la CBSEMS en las convocatorias. l) Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad del bene cio.
m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica capturada en la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar vista a las instancias competentes.
n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para corroborar los datos declarados en la Encuesta Socioeconómica.
ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.3 Causales de cancelación:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las vigentes Reglas de Operación y en la presente convocatoria o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada Instancia ejecutora.
b) Cuando el/la bene ciario/a renuncie a la beca y lo mani este mediante un escrito dirigido al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
c) Fallecimiento del/la bene ciario/a.
d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes (1-16) de las vigentes Reglas de Operación.
e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la bene ciario/a.
f) Cuando al bene ciario/a se le haya cubierto el total de la beca.
g) Cuando el/la bene ciario/a no recoja su medio de pago en un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a partir de que la CBSEMS noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
h) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
i) Cuando los datos académicos de la persona bene ciaria no hayan sido validados por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
j) Cuando el/la bene ciario/a suspenda sus estudios temporal o de nitivamente y el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” sea quien informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
k) Cuando el/la bene ciario/a reciba dos o más becas para el mismo n.
l) A petición del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” por causas plenamente justi cadas como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, haber abandonado los estudios de educación media superior, defunción, gozar de otro bene cio económico para el mismo n otorgado por alguna dependencia federal de la administración pública centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con evidencia documental que acredite las causas de baja solicitadas por la dirección del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica. La baja de los/las alumnos/as será noti cada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del SIPOP.
n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación serán de nidas en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.4 Causales de suspensión:
a) Por errores no imputables al/a la bene ciario/a generados durante la etapa de validación de datos a que se re ere el numeral 3.3.2. “Procedimiento de selección” de las vigentes Reglas de Operación.
b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la solicitud de beca o durante el proceso de validación.
c) Cuando el/la bene ciario/a no disponga del apoyo posterior a los 45 días naturales contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible.
5.5 Causales de reintegro:
a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados hasta ese momento.
b) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los pagos.
c) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible.

6. CONTACTO: Para mayor información de la beca, derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos, deberá consultar las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, disponibles en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540, 60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin costo), o escribir a través del Buzón de Becas www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos Ciudad de México, 01 de marzo de 2018. 2 0 1 8 -


I DE BACHILLERATO La Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), a través de la Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior (CBSEMS), convoca a los/las estudiantes inscritos/as en la modalidad no escolarizada, opción virtual mediante el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” a solicitar una beca. Pago por avance en créditos Créditos Hombres Mujeres 12-96 créditos $ 650.00 $ 725.00 97- 192 créditos $ 725.00 $ 800.00 193- 276 créditos $ 800.00 $ 875.00 1. MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA. La beca consiste en un apoyo monetario por cada 12 créditos (1 módulo acreditado) cuyo monto corresponderá de acuerdo al avance en créditos contado a partir del 01 de marzo de 2018, conforme a la siguiente tabla: Los pagos se realizarán conforme al avance informado por “Prepa en Línea-SEP” en los periodos de validación establecidos por la CBSEMS. La vigencia de la presente convocatoria será a partir de su publicación y hasta el 31 de agosto del 2018 y se pagarán hasta 72 créditos durante este periodo. Los pagos se realizarán de manera bimestral. Sólo se pagarán los créditos realizados en periodo ordinario y/o de regularización.

2. REQUISITOS GENERALES.
a) Estar inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) No haber concluido los estudios de Educación Media Superior (EMS) ni estar cursando el Bachillerato en el sistema escolarizado y no escolarizado ajeno a “Prepa en Línea-SEP”.
c) No contar con algún bene cio equivalente de tipo económico o en especie otorgado para el mismo n por otro organismo público del Gobierno Federal al momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba el bene cio.
d) Tener CURP y cuenta de correo electrónico vigente.
e) Llenar el formato de solicitud de beca, completa, correcta y verazmente a través de la Encuesta Socioeconómica de Estudiantes de Educación Media Superior (ENCSEEMS), disponible en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
3. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
a) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
b) Contar con certi cado de secundaria.

4. SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS.
4.1 Registro.- Los/las aspirantes deberán registrar su solicitud de beca a través del llenado de la ENCSEEMS, en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, durante el periodo del 01 al 31 de marzo del 2018.
4.2 Preselección.- La CBSEMS veri cará el cumplimiento de los requisitos a través de la información registrada en la ENCSEEMS, obteniendo una lista de prelación de los/as aspirantes de acuerdo a los criterios establecidos en las vigentes Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas.
4.3 Confronta de padrones.- La base de datos de los/las alumnos/as aspirantes se confrontará con el padrón de bene ciarios/as de PROSPERA, con los padrones de bene ciarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que tenga acceso, con la nalidad de evitar la duplicidad de los apoyos de quien cuenta con una beca para el mismo n. Los/las alumnos/as identi cados/as como bene ciarios/as de cualquiera de esas becas, serán excluidos de la lista de aspirantes para esta beca.
4.4 Resultados de preselección.- Los resultados de la preselección de bene ciarios/as serán noti cados por la CBSEMS a los/las precandidatos/as a través del Sistema de Registro, Consulta y Actualización de Datos (SIRCAD), o del correo electrónico proporcionado al momento del registro, y al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” a través del Sistema Integral de Procesos Operativos del Plantel (SIPOP). El/la aspirante podrá consultar la información a partir del 02 de abril del 2018 en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx accediendo con su CURP y contraseña al SIRCAD.
4.5 Validación de datos.- El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente:
a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria.
c) Que cuenta con certi cado de secundaria.
d) Avance de créditos a partir de la publicación de la presente convocatoria y totales. Las fechas de validación se realizarán en los periodos establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos Las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria y/o en las Reglas de Operación de este Programa, así como los/las estudiantes que no hayan sido validados/as por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrá continuar en el proceso de selección. Este proceso se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en la validación. Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
4.6 Veri cación Presupuestal.- La CBSEMS veri cará la disponibilidad presupuestal con la que cuenta para asignar las becas.
4.7 Criterios de priorización.- Cuando los recursos disponibles sean insu cientes para otorgar una beca a todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función de los siguientes criterios:
1. Ingreso mensual per cápita del hogar de la persona solicitante, de conformidad con la información proporcionada en la encuesta socioeconómica correspondiente, o en la información sobre la condición de vulnerabilidad económica incluida en la cha académica o docente; o en su caso, escrito en el que mani este bajo protesta de decir verdad los ingresos económicos familiares.
2. Haber sido bene ciaria de las becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a que se re ere el anexo
1: “Beca para que integrantes de grupos en contextos y situación de vulnerabilidad (personas indígenas, personas afrodescendientes, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia y madres jóvenes y jóvenes embarazadas) realicen sus estudios” de las Reglas de Operación. 3. Alumnas embarazadas o madres, así como alumnos que sean padres, a n de promover la corresponsabilidad y una paternidad responsable.
4. Aspirantes detectados por los programas del Gobierno Federal o los Gobiernos locales, que atienden a población migrante, indígena y personas con algún tipo de discapacidad motriz, visual o auditiva que cumplan con los requisitos para ser bene ciarios/as.
5. Residir en uno de los municipios que se encuentren incluidos en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre; o bien, en alguno de los municipios incluidos en el Programa Nacional para la PNPSVyD.
6. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas de alto y muy alto grado de marginación establecidos por el CONAPO y/o su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
7. Alumnos/as migrantes repatriados/as o hijos/as de migrantes repatriados/as o en retorno.
8. Alumnas que cumplan en igualdad de condiciones, con todos los requisitos, con la nalidad de reducir las brechas de desigualdad de género.
9. Personas víctimas directas e indirectas y que se encuentren en el Registro Nacional de Víctimas. La SEMS podrá utilizar un Análisis de Componentes Principales u otro método estadístico para crear un índice socioeconómico de los/las alumnos/as solicitantes, el cual podrá ser usado como un criterio de priorización adicional al ingreso per cápita con perspectiva de género, que permita 2 Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior identi car de manera más robusta el nivel de pobreza de los/las solicitantes, y con ello, su grado de vulnerabilidad, el cual podrá consultarse a través del siguiente enlace: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Transparencia. De igual forma, la SEMS dará prioridad a los/las alumnos/as que no cuenten con un bene cio otorgado por el Gobierno Federal y/o a través de un convenio de colaboración celebrado entre la SEMS y el gobierno de una Entidad Federativa
4.8 Noti cación y publicación de resultados.- Los resultados de la selección de bene ciarios/as serán noti cados por la CBSEMS al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, a través del SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de resultados del Comité Técnico de Becas de la SEMS. El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” publicará los listados de bene ciarios/as. Asimismo, la CBSEMS publicará a través del SIRCAD disponible en www.sircad.sep.gob.mx los resultados a los/las aspirantes a partir del 16 de abril del 2018.
4.9 Entrega de apoyos.- La CBSEMS noti cará a el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” y a cada bene ciario/a mediante el SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el procedimiento que se debe seguir para la recepción de los apoyos y cómo disponer del bene cio. Los/las bene ciarios/as podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el calendario de pagos que estará disponible en la sección del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o en el SIRCAD. La recepción, con rmación y disposición del medio de pago se establece conforme a los incisos j), k) y l) de las obligaciones de los/las bene ciarios/as. En el caso de los/las alumnos/as bene ciarios/as menores de edad se les solicitará al momento de recoger el medio de pago, la copia de la identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte) de su padre, madre o tutor/a y a los/las mayores de edad se le solicitará identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte). El primer pago de la beca será efectivo a partir de la aprobación por parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS y por consecuente, de la publicación de resultados en los periodos establecidos por la CBSEMS, conforme al calendario de pagos. La fecha del depósito de la beca podrá modi carse de acuerdo a los ajustes presupuestales del programa y/o proceso de validación.
4.10 Validación de continuidad.- El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente: a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”. b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria. c) Avance de créditos. Las fechas de validación se realizarán en los periodos establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos En caso de que un/una alumno/a bene ciario/a no haya sido validado/a por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrán continuar recibiendo los bene cios de esta beca. Este proceso se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en la validación. Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.

 5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS BENEFICIARIOS/AS. 5.1 Derechos:
a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de las autoridades educativas y del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación del mismo sin costo.
c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del Programa.
d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la asignación de la beca, por el medio correspondiente en los términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación.
e) Recibir la beca en los términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación, tratándose de una beca en especie, conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso fortuito se deba reprogramar su entrega.
f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades extraordinarias a su condición como bene ciario/a, o bien realizar alguna contribución o donación al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” o a otros/as educandos.
g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en la normativa jurídica aplicable en la materia.
h) Interponer los recursos administrativos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en particular procedan cuando se vulnere su derecho a recibir la beca.
i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/las servidores públicos durante el proceso para obtener la beca.
j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia ejecutora correspondiente.
k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos, respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
m) Cuando los/las alumnos/as que ya cuenten con una beca y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el mismo n, a través del mecanismo que establezca la SEMS y sea difundido en la página web: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
5.2 Obligaciones:
a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado en las vigentes Reglas de Operación, los anexos y documentos adicionales correspondientes (1-16) y en la presente convocatoria, y en su caso en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia ejecutora.
b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora.
c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” y al personal de la Instancia ejecutora correspondiente.
d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los) documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la beca, conforme lo establecido en las vigentes Reglas de Operación.
e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de contraloría social que determine cada una de las Instancias ejecutoras.
f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional al otorgado por la SEMS.
g) Entregar al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” su solicitud de cancelación de la beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” será el responsable de realizar la baja de manera inmediata a través del SIPOP y de resguardar el acuse correspondiente.
h) Aportar los datos e información que le sea solicitada, cuando se realice una visita de supervisión tanto en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” o bien en el domicilio de la persona bene ciaria.
i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso de validación a través de la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD
j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible.
k) Con rmar la recepción del medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales contados a partir de la noti cación mediante los mecanismos establecidos por la CBSEMS en las convocatorias. l) Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad del bene cio.
m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica capturada en la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar vista a las instancias competentes.
n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para corroborar los datos declarados en la Encuesta Socioeconómica. ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.3 Causales de cancelación:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las vigentes Reglas de Operación y en la presente convocatoria o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada Instancia ejecutora.
b) Cuando el/la bene ciario/a renuncie a la beca y lo mani este mediante un escrito dirigido al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
c) Fallecimiento del/la bene ciario/a.
d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes (1-16) de las vigentes Reglas de Operación.
e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la bene ciario/a.
f) Cuando al bene ciario/a se le haya cubierto el total de la beca.
g) Cuando el/la bene ciario/a no recoja su medio de pago en un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a partir de que la CBSEMS noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
h) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible.
i) Cuando los datos académicos de la persona bene ciaria no hayan sido validados por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”.
j) Cuando el/la bene ciario/a suspenda sus estudios temporal o de nitivamente y el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” sea quien informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
k) Cuando el/la bene ciario/a reciba dos o más becas para el mismo n.
l) A petición del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” por causas plenamente justi cadas como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, haber abandonado los estudios de educación media superior, defunción, gozar de otro bene cio económico para el mismo n otorgado por alguna dependencia federal de la administración pública centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con evidencia documental que acredite las causas de baja solicitadas por la dirección del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”.
m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica. La baja de los/las alumnos/as será noti cada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del SIPOP.
n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación serán de nidas en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.4 Causales de suspensión:
a) Por errores no imputables al/a la bene ciario/a generados durante la etapa de validación de datos a que se re ere el numeral 3.3.2. “Procedimiento de selección” de las vigentes Reglas de Operación.
b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la solicitud de beca o durante el proceso de validación.
c) Cuando el/la bene ciario/a no disponga del apoyo posterior a los 45 días naturales contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible. 5.5 Causales de reintegro:
a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados hasta ese momento.
b) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los pagos.
c) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible.
6. CONTACTO: Para mayor información de la beca, derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos, deberá consultar las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, disponibles en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540, 60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin costo), o escribir a través del Buzón de Becas www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos Ciudad de México, 01 de marzo de 2018. Beca Prepa en Línea - SEP 2 0 1 8 - I Beca Prepa en Línea - SEP 2 0 1 8 -

I 1. MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA. La beca consiste en un apoyo monetario por cada 12 créditos (1 módulo acreditado) cuyo monto corresponderá de acuerdo al avance en créditos contado a partir del 01 de marzo de 2018, conforme a la siguiente tabla: Los pagos se realizarán conforme al avance informado por “Prepa en Línea-SEP” en los periodos de validación establecidos por la CBSEMS. La vigencia de la presente convocatoria será a partir de su publicación y hasta el 31 de agosto del 2018 y se pagarán hasta 72 créditos durante este periodo. Los pagos se realizarán de manera bimestral. Sólo se pagarán los créditos realizados en periodo ordinario y/o de regularización. 2. REQUISITOS GENERALES. a) Estar inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”. b) No haber concluido los estudios de Educación Media Superior (EMS) ni estar cursando el Bachillerato en el sistema escolarizado y no escolarizado ajeno a “Prepa en Línea-SEP”. c) No contar con algún bene cio equivalente de tipo económico o en especie otorgado para el mismo n por otro organismo público del Gobierno Federal al momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba el bene cio. d) Tener CURP y cuenta de correo electrónico vigente. e) Llenar el formato de solicitud de beca, completa, correcta y verazmente a través de la Encuesta Socioeconómica de Estudiantes de Educación Media Superior (ENCSEEMS), disponible en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx
3. REQUISITOS ESPECÍFICOS. a) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria. b) Contar con certi cado de secundaria.
4. SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS. 4.1 Registro.- Los/las aspirantes deberán registrar su solicitud de beca a través del llenado de la ENCSEEMS, en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, durante el periodo del 01 al 31 de marzo del 2018. 4.2 Preselección.- La CBSEMS veri cará el cumplimiento de los requisitos a través de la información registrada en la ENCSEEMS, obteniendo una lista de prelación de los/as aspirantes de acuerdo a los criterios establecidos en las vigentes Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas. 4.3 Confronta de padrones.- La base de datos de los/las alumnos/as aspirantes se confrontará con el padrón de bene ciarios/as de PROSPERA, con los padrones de bene ciarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que tenga acceso, con la nalidad de evitar la duplicidad de los apoyos de quien cuenta con una beca para el mismo n. Los/las alumnos/as identi cados/as como bene ciarios/as de cualquiera de esas becas, serán excluidos de la lista de aspirantes para esta beca. 4.4 Resultados de preselección.- Los resultados de la preselección de bene ciarios/as serán noti cados por la CBSEMS a los/las precandidatos/as a través del Sistema de Registro, Consulta y Actualización de Datos (SIRCAD), o del correo electrónico proporcionado al momento del registro, y al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” a través del Sistema Integral de Procesos Operativos del Plantel (SIPOP). El/la aspirante podrá consultar la información a partir del 02 de abril del 2018 en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx accediendo con su CURP y contraseña al SIRCAD. 4.5 Validación de datos.- El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente: a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”. b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria. c) Que cuenta con certi cado de secundaria. d) Avance de créditos a partir de la publicación de la presente convocatoria y totales. Las fechas de validación se realizarán en los periodos establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos Las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria y/o en las Reglas de Operación de este Programa, así como los/las estudiantes que no hayan sido validados/as por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrá continuar en el proceso de selección. Este proceso se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en la validación. Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables. 4.6 Veri cación Presupuestal.- La CBSEMS veri cará la disponibilidad presupuestal con la que cuenta para asignar las becas. 4.7 Criterios de priorización.- Cuando los recursos disponibles sean insu cientes para otorgar una beca a todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función de los siguientes criterios: 1. Ingreso mensual per cápita del hogar de la persona solicitante, de conformidad con la información proporcionada en la encuesta socioeconómica correspondiente, o en la información sobre la condición de vulnerabilidad económica incluida en la cha académica o docente; o en su caso, escrito en el que mani este bajo protesta de decir verdad los ingresos económicos familiares. 2. Haber sido bene ciaria de las becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a que se re ere el anexo 1: “Beca para que integrantes de grupos en contextos y situación de vulnerabilidad (personas indígenas, personas afrodescendientes, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia y madres jóvenes y jóvenes embarazadas) realicen sus estudios” de las Reglas de Operación.
3. Alumnas embarazadas o madres, así como alumnos que sean padres, a n de promover la corresponsabilidad y una paternidad responsable. 4. Aspirantes detectados por los programas del Gobierno Federal o los Gobiernos locales, que atienden a población migrante, indígena y personas con algún tipo de discapacidad motriz, visual o auditiva que cumplan con los requisitos para ser bene ciarios/as. 5. Residir en uno de los municipios que se encuentren incluidos en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre; o bien, en alguno de los municipios incluidos en el Programa Nacional para la PNPSVyD. 6. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas de alto y muy alto grado de marginación establecidos por el CONAPO y/o su equivalente estatal en contextos urbanos marginados. 7. Alumnos/as migrantes repatriados/as o hijos/as de migrantes repatriados/as o en retorno. 8. Alumnas que cumplan en igualdad de condiciones, con todos los requisitos, con la nalidad de reducir las brechas de desigualdad de género. 9. Personas víctimas directas e indirectas y que se encuentren en el Registro Nacional de Víctimas. La SEMS podrá utilizar un Análisis de Componentes Principales u otro método estadístico para crear un índice socioeconómico de los/las alumnos/as solicitantes, el cual podrá ser usado como un criterio de priorización adicional al ingreso per cápita con perspectiva de género, que permita 3 Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior identi car de manera más robusta el nivel de pobreza de los/las solicitantes, y con ello, su grado de vulnerabilidad, el cual podrá consultarse a través del siguiente enlace: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Transparencia. De igual forma, la SEMS dará prioridad a los/las alumnos/as que no cuenten con un bene cio otorgado por el Gobierno Federal y/o a través de un convenio de colaboración celebrado entre la SEMS y el gobierno de una Entidad Federativa 4.8 Noti cación y publicación de resultados.- Los resultados de la selección de bene ciarios/as serán noti cados por la CBSEMS al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, a través del SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de resultados del Comité Técnico de Becas de la SEMS. El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” publicará los listados de bene ciarios/as. Asimismo, la CBSEMS publicará a través del SIRCAD disponible en www.sircad.sep.gob.mx los resultados a los/las aspirantes a partir del 16 de abril del 2018. 4.9 Entrega de apoyos.- La CBSEMS noti cará a el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” y a cada bene ciario/a mediante el SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el procedimiento que se debe seguir para la recepción de los apoyos y cómo disponer del bene cio. Los/las bene ciarios/as podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el calendario de pagos que estará disponible en la sección del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o en el SIRCAD. La recepción, con rmación y disposición del medio de pago se establece conforme a los incisos j), k) y l) de las obligaciones de los/las bene ciarios/as. En el caso de los/las alumnos/as bene ciarios/as menores de edad se les solicitará al momento de recoger el medio de pago, la copia de la identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte) de su padre, madre o tutor/a y a los/las mayores de edad se le solicitará identi cación o cial vigente (INE, IFE, Cartilla Militar o pasaporte). El primer pago de la beca será efectivo a partir de la aprobación por parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS y por consecuente, de la publicación de resultados en los periodos establecidos por la CBSEMS, conforme al calendario de pagos. La fecha del depósito de la beca podrá modi carse de acuerdo a los ajustes presupuestales del programa y/o proceso de validación. 4.10 Validación de continuidad.- El/La Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP” llevará acabo este proceso a través del Sistema Integral de Procesos Operativos de Plantel (SIPOP), con rmando que cada estudiante cumple con lo siguiente: a) Que está inscrito/a en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”. b) Haber sido asignado por lo menos a 1 módulo máximo 3 meses previos a la publicación de la presente convocatoria. c) Avance de créditos. Las fechas de validación se realizarán en los periodos establecidos por la CBSEMS, mismos que estarán disponibles en el portal: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/CalendarioProcesos En caso de que un/una alumno/a bene ciario/a no haya sido validado/a por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no podrán continuar recibiendo los bene cios de esta beca. Este proceso se hará con soporte documental que compruebe lo de nido en la validación. Asimismo, cuando el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”, no realice la validación de los/las estudiantes, la CBSEMS noti cará mediante o cio al Órgano Interno de Control en la SEP, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS BENEFICIARIOS/AS. 5.1 Derechos: a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de las autoridades educativas y del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”. b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación del mismo sin costo. c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del Programa. d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la asignación de la beca, por el medio correspondiente en los términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación. e) Recibir la beca en los términos establecidos en las vigentes Reglas de Operación, tratándose de una beca en especie, conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso fortuito se deba reprogramar su entrega. f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades extraordinarias a su condición como bene ciario/a, o bien realizar alguna contribución o donación al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” o a otros/as educandos. g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en la normativa jurídica aplicable en la materia. h) Interponer los recursos administrativos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en particular procedan cuando se vulnere su derecho a recibir la beca. i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/las servidores públicos durante el proceso para obtener la beca. j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia ejecutora correspondiente. k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos, respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación. m) Cuando los/las alumnos/as que ya cuenten con una beca y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el mismo n, a través del mecanismo que establezca la SEMS y sea difundido en la página web: www.becasmediasuperior.sep.gob.mx 5.2 Obligaciones: a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado en las vigentes Reglas de Operación, los anexos y documentos adicionales correspondientes (1-16) y en la presente convocatoria, y en su caso en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia ejecutora. b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora. c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” y al personal de la Instancia ejecutora correspondiente. d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los) documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la beca, conforme lo establecido en las vigentes Reglas de Operación. e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de contraloría social que determine cada una de las Instancias ejecutoras. f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional al otorgado por la SEMS. g) Entregar al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” su solicitud de cancelación de la beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” será el responsable de realizar la baja de manera inmediata a través del SIPOP y de resguardar el acuse correspondiente. h) Aportar los datos e información que le sea solicitada, cuando se realice una visita de supervisión tanto en el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” o bien en el domicilio de la persona bene ciaria. i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso de validación a través de la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible. k) Con rmar la recepción del medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales contados a partir de la noti cación mediante los mecanismos establecidos por la CBSEMS en las convocatorias. l) Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad del bene cio. m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica capturada en la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar vista a las instancias competentes. n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para corroborar los datos declarados en la Encuesta Socioeconómica. ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
5.3 Causales de cancelación: a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las vigentes Reglas de Operación y en la presente convocatoria o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada Instancia ejecutora. b) Cuando el/la bene ciario/a renuncie a la beca y lo mani este mediante un escrito dirigido al Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”. c) Fallecimiento del/la bene ciario/a. d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes (1-16) de las vigentes Reglas de Operación. e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la bene ciario/a. f) Cuando al bene ciario/a se le haya cubierto el total de la beca. g) Cuando el/la bene ciario/a no recoja su medio de pago en un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a partir de que la CBSEMS noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible. h) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS noti que que el recurso de la beca se encuentra disponible. i) Cuando los datos académicos de la persona bene ciaria no hayan sido validados por el/la Coordinador/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea-SEP”. j) Cuando el/la bene ciario/a suspenda sus estudios temporal o de nitivamente y el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” sea quien informe de esta circunstancia a la CBSEMS. k) Cuando el/la bene ciario/a reciba dos o más becas para el mismo n. l) A petición del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” por causas plenamente justi cadas como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”, haber abandonado los estudios de educación media superior, defunción, gozar de otro bene cio económico para el mismo n otorgado por alguna dependencia federal de la administración pública centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con evidencia documental que acredite las causas de baja solicitadas por la dirección del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP”. m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica. La baja de los/las alumnos/as será noti cada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del SIPOP. n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación serán de nidas en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s). 5.4 Causales de suspensión: a) Por errores no imputables al/a la bene ciario/a generados durante la etapa de validación de datos a que se re ere el numeral 3.3.2. “Procedimiento de selección” de las vigentes Reglas de Operación. b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea “Prepa en Línea – SEP” que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la solicitud de beca o durante el proceso de validación. c) Cuando el/la bene ciario/a no disponga del apoyo posterior a los 45 días naturales contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible. 5.5 Causales de reintegro: a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados hasta ese momento. b) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los pagos. c) Cuando el/la bene ciario/a, en el caso de becas monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la noti cación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible.

6. CONTACTO: Para mayor información de la beca, derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos, deberá consultar las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, disponibles en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540, 60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin costo), o escribir a través del Buzón de Becas www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos Ciudad de México, 01 de marzo de 2018.

Fechas de la 6ta Entrega del Programa de Beca Municipal de Promedio y Permanencia Escolar




El H. Ayuntamiento de Chimalhuacán a través de la Dirección General de Educación (DGE) informa.

A los beneficiarios del programa Becas de permanencia y promedio escolar de educación secundaria, media superior y superior, por este medio se les informa que la siguiente emisión será el sábado 10 DE MARZO del presente año en el Teatro Auditorio Acolmixtli Nezahualcóyotl de Chimalhuacán, ubicado Vicente Guerrero con Esquina Av. Morelos, Cabecera Municipal, 56334 Chimalhuacán, Edo de México frente a Casa de Cultura,
bajo la siguiente programación:

·         Becas de permanencia de secundaria presentarse a las 07:00 horas
·         Becas de promedio de secundaria a las 08:00 horas
·         Becas de permanencia y promedio para Media Superior y Superior a las 09:00 horas 

Recordando que la entrega de su apoyo es personal (si es menor de edad, deberá presentarse su tutor). Documentos para presentar:

  1. · Original y copia del Talón de solicitud de beca.
  2. · Original y copia de la credencia de elector del tutor, o del alumno en caso de ser mayor de edad.
Esperando contar con su puntual asistencia y recordándoles que es único día de pago.



ENTREGA DE MATERIALES A INSTITUCIONES EDUCATIVAS

El pasado martes 27 de febrero se realizo la  ceremonia de entrega de materiales a Instituciones Educativas, en la cuela se le entregaron botes de pintura a diversas escuelas en apoyo para el cuidado y mantenimiento de la imagen digna que merecen como instituciones de Instituciones Educativas.



A la ceremonia cívica se contó con la asistencia de diversos representantes del sector Educativo de los diversos niveles para hacer la entrega simbólica a las escuelas asistentes.


HELICÓPTERO MUNICIPAL "EL GUERRERO"


Este jueves primero de marzo, #Chimalhuacán contará con vigilancia aérea con el #helicóptero que llevará por nombre El Guerrero a fin de reforzar la seguridad en los 98 barrios y colonias del territorio local.
Trabajamos por entornos más seguros.












Fuente: https://www.facebook.com/GobiernoDeChimalhuacan/videos/1997366456943393/